FESTIVOS DE CARÁCTER RETRIBUIDO Y NO RECUPERABLE en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2024, las siguientes:

• 1 de enero: Año Nuevo.
• 6 de enero: Epifanía del Señor.
• 28 de marzo: Jueves Santo.
• 29 de marzo: Viernes Santo.
• 1 de abril: Lunes de Pascua.
• 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
• 25 de julio: Santiago Apóstol.
• 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
• 12 de octubre: Fiesta Nacional de España. • 1 de noviembre: Día de todos los Santos. • 3 de diciembre: San Francisco Javier.
• 6 de diciembre: Día de la Constitución.
• 25 de diciembre: Natividad del Señor.

En la relación anterior está incluida, en los términos del artículo 46 del mentado Real Decreto, la fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, el día 3 de diciembre, festividad de San Francisco Javier, día de Navarra.

2. La otra fiesta local será fijada a propuesta de los Ayuntamientos respectivos. Por lo que se ruega a los Ayuntamientos para que antes del próximo 15 de noviembre, remitan al Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, propuesta de la festividad que ha de regir en esa localidad, con indicación de fecha y conmemoración. En el supuesto de que existan concejos integrados en su Ayuntamiento, deberá señalar igualmente las fiestas de los mismos.

En caso de no comunicar en el plazo señalado la festividad de carácter local, será este Departamento quien determine la misma, que serán las señaladas en las resoluciones de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo números 789/2022, de 22 de noviembre y 41/2023, de 21 de febrero, publicadas en el Boletín Oficial de Navarra N.o 255 de 20 de diciembre de 2022 y N.o 49 de 9 de marzo de 2023 respectivamente. Solamente en el supuesto de que esa fecha o la que señalara ese Ayuntamiento coincidiera en domingo o festivo, se trasladará automáticamente al día laborable siguiente.

https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2023/132/19